DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02624
12 de marzo, 2013
DJ-0175-2013
Licenciado
Gerardo Villalobos Leiton
Auditor Interno Municipal
MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Asunto: Se rechaza la gestión formulada al no haberse atendido requerimiento previo.
Se refiere este Despacho a su oficio de fecha 04 de Febrero del 2013, recibido en esta
Contraloría General, el pasado 05 de febrero del año en curso, referido a la procedencia de un
informe detallado a la Auditoria del ICODER del uso y destino de las exoneraciones por parte de
las agrupaciones deportivas.
A partir de lo anterior, en oficio de esta Contraloría General número DJ-0134-2013 del 27 de
febrero de 2013, dentro del análisis de admisibilidad correspondiente se requirió al gestionante, en
el plazo de 5 días hábiles, aclarar el objeto de la consulta planteada.
El artículo 10 del Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República (resolución R-DC-197-2011), publicado en La Gaceta Nº 244
del 20 de diciembre de 2011, indica:
“Artículo 10º—Plazo para cumplir prevención de requisitos. En aquellos casos en los
que se prevenga el cumplimiento de uno o varios requisitos en los términos del
artículo anterior, se concederá un plazo de hasta 5 días hábiles al sujeto consultante,
bajo el apercibimiento de archivar la gestión en caso de incumplimiento. Dicho plazo
Interrumpe el plazo de resolución regulado en el artículo 14 de la presente
normativa”
T: (506) 2501-8000 S: http://www.cgr.go.cr/ E: contraloría.general@cgr.go.cr
F: (506) 2501-8100 Apdo. 1179-1000 San José, Costa Rica
mailto:contralor%C3%ADa.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
Así las cosas, al haber transcurrido un plazo razonable superior a los cinco días hábiles
conferidos, sin que a la fecha se haya atendido nuestro requerimiento o se hayan expuesto razones
que pudier ...
Fecha publicación: 14/03/2013
Fecha emisión: 11/03/2013
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 05783
13 de junio de 2012
DJ-0600-2012
Señor
Gonzalo Vargas Jiménez
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta relacionada con la aplicabilidad del régimen de prohibiciones
al ejercicio de profesiones liberales en las municipalidades.
Se refiere este Despacho al oficio DAMT-CE-237-2012, recibido en la Contraloría General
de la República el pasado 30 de mayo, por medio del cual se indica que esta consulta involucra un
asunto de índole laboral entre el Auditor Interno y la asistente de la auditoría interna el cual generó
la apertura de un procedimiento administrativo y un proceso de acoso laboral que está siendo
ventilado en lo judicial.
En ese sentido pregunta, si puede adoptarse una medida cautelar en sede administrativa para
un traslado temporal de un funcionario cuando el asunto se está ventilando en sede judicial,
tomando en cuenta que como medida cautelar se deban mantener todos los derechos laborales.
Asimismo, cuestiona en caso de ser afirmativa la interrogante anterior, si se le debe pagar
prohibición a la funcionaria, pese a que trasladada materialmente no ejerce las funciones propias de
auditoría.
Finalmente, se consulta si en esas circunstancias, por lo dispuesto en los artículos 27 y 28
Ley de Control Interno, se debe trasladar al funcionario con todo y su plaza o dejar una vacante en
la auditoría, por la posible afectación al sistema.
CRITERIO DEL DESPACHO
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad
consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428
del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus
competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
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parlamentarios, los diputados de la Rep ...
Fecha publicación: 15/06/2012
Fecha emisión: 12/06/2012
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05662
11 de junio, 2012
DJ-0585-2012
Dr. Gonzalo Vargas Jiménez
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
Estimado Señor:
Asunto: Consulta relacionada con la prohibición al ejercicio de profesiones liberales.
Se refiere esta División a su oficio N° DAMT-CE-236-2012, recibido el 30 de mayo
pasado, mediante el cual plantea a la Contraloría General una consulta relacionada, con la
aplicación de la prohibición al ejercicio de profesiones liberales a tres cargos concretos, como son el
Profesional Municipal 1 B (Proveedor Municipal) así como el Director de Hacienda y el Director
Urbano de esa corporación profesional.
Con relación al primer cargo, las dudas emanan –según se indica- del hecho de que la
nomenclatura del cargo no es la que se establece en el artículo 14 de la Ley contra la corrupción y el
enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley Nº 8422 del 6 de octubre de 2004), a saber, la de
“titulares de proveeduría del Sector Público.”
Por otra parte, respecto a los Directores Urbano y de Hacienda se plantea la inquietud de
“(…) qué es lo que se debe entender por “vinculación a la administración tributaria”.
Finalmente, se consulta “(…) si es procedente reconocer la prohibición aun y cuando las
personas nombradas en las plazas, que por ley tienen derecho a percibir dicho reconocimiento por
la limitación a una libertad fundamental, estén en un nombramiento interino”.
I
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
En primer término, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la
Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre
de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría
General de la República (Resolución N° R-DC-197-2011 publicado en el diario oficial La Gaceta
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Nº 244 del 20 de diciembre de 2011), es ...
Fecha publicación: 14/06/2012
Fecha emisión: 11/06/2012
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Pluses salariales
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 04516
FAX Nro. 2240-6987
30 de mayo, 2012
DFOE-DL-0451
Doctor
Gonzalo Vargas Jiménez
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
San José
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio solicitado por la Municipalidad de Tibás
relativo a la legalización de sus libros contables mayor,
balance e inventarios.
Se atiende su nota DAMT-CE-157-2012 de fecha 30 de marzo del presente
año, mediante la que solicita criterio referente al tema de la legalización de libros
contables mayor, balance e inventarios de ese gobierno local y lograr ponerlos al
día, gestión que dada la prevención sobre la presentación de consultas hecha por el
órgano contralor mediante el oficio Nro. DJ-0413-2012, complementó con alguna
información mediante la nota Nro. DAMT-CE-186-2012 del pasado 24 de abril.
En primer término, es necesario reiterar que de conformidad con el artículo 29
de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nro. 7428, el órgano
contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera
que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los
diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no
contemplados en el inciso b) del artículo 4 de la indicada ley, siempre y cuando se
cumpla con lo establecido en el “Reglamento sobre la recepción y atención de
consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, Nro. R-DC-0197-2011
del 13 de diciembre de 2011, publicado en La Gaceta Nro. 244 del 20 de diciembre
de 2011.
Del reglamento citado es oportuno destacar que en el artículo 8 se establecen
entre otros requisitos para la presentación de consultas, que estas: ...
Fecha publicación: 08/06/2012
Fecha emisión: 18/05/2012
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Funciones
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01467
14 de febrero de 2012
DJ-0156-2012
Señora
Karol González Román.
Proveedora Municipal a.i.
MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza la gestión formulada al no haberse atendido requerimiento previo.-
Nos referimos al oficio número PMCE-001-12 de 5 de enero último, recibido en esta
Contraloría General el pasado 9 de enero, referido a la definición y características necesarias del
concepto de obra pública para efectos de límites de contratación.
A partir de lo anterior, en oficio de esta Contraloría General No. DJ-0054 del 26 de enero
de 2012, se requirió para el análisis de admisibilidad correspondiente definir de manera clara y
concreta el objeto consultado, presentarse por el jerarca de la institución, incorporar la posición
jurídica del consultante y señalar medio para recibir notificaciones, con base en los incisos 3,4, 6
y 8 del artículo 8 del Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República1.
Al efecto se confirió un plazo de 5 días hábiles a la consultante para que respondiera la
prevención realizada bajo apercibimiento de posible archivo de su gestión en caso de
incumplimiento.
Así las cosas, al haber transcurrido un plazo amplio, superior a los cinco días hábiles
conferidos sin que a la fecha se haya atendido nuestro requerimiento, se procede al archivo de la
gestión formulada por la Proveedora Municipal a.i. de Tibás.
1 Resolución R-DC-0197-2011 de las 8 horas del 13 de diciembre de 2011, publicado en la Gaceta No.
244 del 20 de diciembre de 2011.
2
Se remite reglamento citado para su conocimiento.
Atentamente,
Licda. Rosita Pérez Matamoros
Fiscalizadora
RPM/ccb
Ni: 136
Ci: Archivo Central
G: 2012000537-1
] ...
Fecha publicación: 17/02/2012
Fecha emisión: 14/02/2012
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 04839
24 de mayo, 2011
DJ-0587-2011
Señora
Olga Courrau Quesada
Regidora Municipal
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza consulta sobre libro de actas de la comisión de asuntos culturales de
la Municipalidad de Tibás por ser caso concreto.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número de fecha 10 de mayo de 2011, mediante el
cual se consulta sobre el procedimiento para que la comisión de asuntos culturales cuente con el
libro de actas que se extravió.
Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el
artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428 del 07 de
setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05
de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de
la normativa.
Por medio de la vía consultiva esta Contraloría General no está facultada para resolver
casos concretos, según el artículo segundo de la circular citada que dispone: “La Contraloría
General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre
materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones
concretas que debe resolver la institución solicitante.” Así la función consultiva se circunscribe a la
emisión de criterios de carácter general, sobre aspectos técnico-jurídicos y no sobre las gestiones
específicas atinentes a la institución consultante.
Al tratarse en sentido estricto de la resolución de un caso particular, este órgano contralor
no entrará a dictaminar por la vía consultiva sobre materia que corresponde al ámbito de gestión de
esa Municipalidad.
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De acuerdo con lo exp ...
Fecha publicación: 04/06/2011
Fecha emisión: 01/06/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11446
22 de noviembre, 2010
DCA-0652
Señor
Gerardo Villalobos Leitón
Auditor Interno
Municipalidad de Tibás
Estimado señor:
Asunto: Respuesta a consulta presentada mediante oficio AIM 550-10 del 5 de octubre de 2010
para que la Contraloría General se refiera a la posibilidad de contratar asesoría legal externa sin
haber realizado o completado el procedimiento de contratación administrativa y sobre las
alternativas válidas jurídicamente para atender de inmediato la contestación de la demanda sin
una contratación determinada.
1. Motivo de la consulta.
El motivo de la consulta es conocer la recomendación de la Contraloría General con
respecto a la contratación de contratar asesoría legal externa, en particular para atender procesos
laborales en vía judicial que ya han sido discutidos en sede administrativa, y en los que se ha
considerado conveniente contratar nuevamente a los asesores externos que fueron contratados como
órganos directores en la tramitación administrativa de despido. Esto sin haber realizado o
completado el procedimiento de contratación administrativa, además consultan sobre las
alternativas válidas jurídicamente para atender de inmediato la contestación de una demanda laboral
sin una contratación determinada.
2. Criterio de la División.
Con respecto a la consulta formulada, debe indicarse que de conformidad con el artículo 29
de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, y la circular número CO-529,
publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la
atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, se advierte que el criterio
que ahora pasamos a rendir, se emite en términos generales y resulta aplicable en forma vinculante
en lo que resulte procedente.
2
Dicho lo anterior, este Despacho procede a acl ...
Fecha publicación: 25/11/2010
Fecha emisión: 22/11/2010
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Equipo de Gestión y Asesoría Interdisciplinario
21 octubre de 2010
DCA-0327-2010
Licenciados
Elard G. Ortega Pérez
Gerente Asociado
Alfredo Aguilar Arguedas
Fiscalizador
División de Contratación Administrativa
Estimados señores:
Asunto: Criterio técnico en relación al recurso de apelación presentado en contra del acto de
adjudicación de la Licitación Pública No. 2010LN-00001-01 promovida por la
Municipalidad de Tibás para la recolección y transporte de 80.000 toneladas de desechos
sólidos ordinarios en el cantón de Tibás. Adjudicatario: WPP Continental de Costa Rica
S.A. Apelante: Desechos Clasificados DECLASA S.A.
Se brinda respuesta al oficio No. DCA-0084 del pasado 23 de setiembre mediante el cual requieren
criterio técnico en relación al recurso de apelación interpuesto contra el acto de adjudicación de la
Licitación Pública No. 2010LN-00001-01, promovida por la Municipalidad de Tibás para la
recolección y transporte de 80.000 toneladas de desechos sólidos ordinarios en el cantón de Tibás.
Sobre el particular, se procede a dar respuesta a lo requerido en el citado oficio en el mismo orden en
que se plantearon las consultas.
a) Indicar las diferencias existentes entre los estados financieros certificados y los estados
financieros auditados. Así como el alcance del estudio que realiza el profesional en cada
uno de los casos.
Al respecto se tiene que en los estados financieros certificados, el profesional competente -
Contador Público Autorizado- da fe que los saldos de las cuentas que integran los estados
financieros son fieles a los que reflejan los libros contables legalizados u otros sistemas auxiliares
de contabilidad, que la empresa lleva para el registro de sus operaciones. Ahora bien, siendo que
la certificación de estados financieros se basa en una transcripción de cifras, ello no implica la
...
Fecha publicación: 24/10/2010
Fecha emisión: 21/10/2010
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS DE INFORMACION
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 10268
22 de octubre, 2010
DJ-3862-2010
Señores
Johnny Mora Chinchilla
Guillermo Jiménez Ch
Fax 2240-70-90
Estimados señores:
Asunto: Consulta presentada por la Municipalidad de Tibás sobre el refrendo de
convenios celebrados entre la Municipalidad con el Comité Cantonal de Deportes, y
validez de un convenio del año 2008 celebrado entre esos entes el cual eventualmente
puede adolecer de algún tipo de nulidad
Se refiere este Despacho a su oficio de fecha 30 de septiembre presentado a la Contraloría
General el 10 de octubre, ambas fechas de 2010, mediante el cual se consulta si convenios
interinstitucionales que celebren los entes y órganos que integren la Administración Pública deben
contar con refrendo y su respectiva publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Asimismo, si un
Convenio celebrado entre el Comité de Deportes y la Municipalidad, ambos entes del cantón de
Tibás, el cual adolece de algún tipo de nulidad debe ser respetado por los jerarcas actuales del
Ayuntamiento.
Consideraciones previas.
Señalan los consultantes que si un convenio firmado entre la Municipalidad y Comité Cantonal
de Deportes de la Municipalidad de Tibás a fin de que este último pueda usufructuar las
instalaciones deportivas y recreativas bajo su administración necesitan del refrendo contralor. La
otra inquietud presentada versa sobre la validez del convenio que se firmó entre la administración y
el Comité Cantonal de Deportes del período anterior, si adoleciera de algún tipo de nulidad.
I. Criterio del Despacho.
Sobre el particula ...
Fecha publicación: 22/10/2010
Fecha emisión: 19/10/2010
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA A LA CGR COMO ADMINISTRACION ACTIVA
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 06003
23 de junio de 2010
DJ-2500
Señora
Lourdes L. Durán Jiménez
Vice Presidenta
Concejo Municipal de Tibás
Teléfono: 89247867; fax 2240-3398
Correo electrónico: lourdesduranj@hotmail.com
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza solicitud de criterio consulta de particular.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número de fecha 26 de mayo de 2010, recibido en esta
Contraloría General el pasado 27 de mayo del año en curso, por el cual la señora Lourdes L. Durán
Jiménez, en su condición personal, solicita aclarar aspectos relacionados con la selección de cuenta
bancaria para el depósito de la dieta como integrante del Concejo Municipal.
Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el artículo 29
de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de setiembre del año
1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000,
denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la
República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de la normativa citada en el
sentido que se dirá.
En este sentido debe indicarse que la Contraloría General solo atenderá las consultas a que se
refiere el artículo 29 de su Ley Orgánica, No. 7428 de 7 de setiembre de 1994; al efecto la potestad
consultiva se ejerce en atención a las solicitudes que dirijan los órganos parlamentarios, los sujetos
pasivos de su fiscalización, así como los sujetos privados no contemplados en el artículo 4 inciso b) de
la ley de cita y que al efecto hayan recibido beneficios patrimoniales, gratuito o sin contraprestación
alguna o bien liberación de obligaciones por los componentes de la Hacienda Pública en los términos
del artículo 5 ibídem.
Asimismo la Contraloría General emitirá los dictámenes que ...
Fecha publicación: 29/06/2010
Fecha emisión: 23/06/2010
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA